El pleno de la Corporación Municipal de O Porriño aprobó, en sesión de ayer, la Ordenanza Reguladora del Uso de Terrazas, con los votos a favor del PSOE, BNG y EU SON. El PP se abstuvo.
Entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOPPO). A partir de esa fecha se establecerá un plazo de regularización de tres meses.
La exposición de motivos justifica que “El Ayuntamiento de O Porriño necesita disponer de una Ordenanza que regule la ocupación de suelo de uso público con mesas y sillas cuya finalidad es establecer los criterios básicos para la instalación de terrazas anexas a los establecimientos de hostelería. Esta ordenanza busca dar respuesta a las nuevas necesidades y costumbres de la ciudadanía, así como a las nuevas demandas del sector hotelero. Es evidente que en los últimos años ha proliferado la ocupación del espacio público con terrazas vinculadas a establecimientos de hostelería que no solo favorecen a los emprendedores que los explotan, sino que también fomentan las relaciones sociales y potencian la actividad económica en general.
La Ordenanza regula la ocupación de espacios públicos y no implica un cambio en la tasa impositiva.
La Ordenanza determina que no se pueden instalar terrazas en porches o aceras de menos de 3 metros de ancho. Entre las prohibiciones contenidas en la Ordenanza aprobada, no están permitidos los altavoces o cualquier otro difusor de sonido. Se permiten televisores si han apagado el sonido.
Se permitirá la instalación de calefactores móviles o aparatos similares sin exceder el espacio autorizado para ocupar la terraza. Su instalación estará sujeta a licencia, que podrá solicitarse junto o después de la terraza. Estos electrodomésticos no requerirán ningún tipo de instalación fija.
Sombrillas e toldos
Los parasoles pueden instalarse como elementos auxiliares de la terraza: deben ser abatibles y desmontables, sin permitir que se fijen al pavimento mediante ningún tipo de anclaje. El vuelo de los paraguas, la altura del suelo y la publicidad que exhiben, también serán regulados en esta Ordenanza.
Se permitirá la instalación de tabiques móviles y su altura no podrá ser inferior a 1 metro ni superior a 1,5 metros, con al menos 50 cm de material transparente. Estos elementos se colocarán sin hacer anclajes al pavimento y se colocarán dentro del espacio autorizado para ocupar la terraza.
También se permitirá la instalación de toldos o cubiertas impermeables al piso de la vía pública sin ningún accesorio a la misma y sin posibilidad de cerrar los lados o frente del espacio cubierto.
Además, la Ordenanza determina las características del mobiliario, tiempos de funcionamiento y recogida, condiciones de limpieza y recogida y un sistema de sanciones por infracciones por ruido u otros motivos.
A Ordenanza de terrazas aprobada polo Concello regulará a ocupación de espazos públicos | O Porriño
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