El Ayuntamiento modifica la Ordenanza que regula el ‘Informe de Evaluación de Edificios’

  • La modificación responde a la necesidad de adecuarse a la normativa autonómica que acaba de entrar en vigor, y será de obligado cumplimiento para los edificios colectivos, almacenes y otros edificios mayores de 50 años.
  • El padrón municipal de Informes de Evaluación de Edificios cuenta actualmente con 361 inmuebles evaluados

El concejal de Urbanismo, Xaquín Moreda, ha informado esta mañana que el Ayuntamiento «ya está muy avanzado» en la modificación de la Ordenanza Municipal por la que se regula el Informe de Evaluación de Edificios, con el fin de adaptarlo a la normativa autonómica que acaba de entrar en vigor. La actual ordenanza data de 2017 y, tras una serie de sentencias del Tribunal Constitucional que anularon la normativa estatal y un pequeño período de vacío legal, la Xunta acaba de desarrollar la Ley de 2019 a través de un Decreto que regula este tipo de valoraciones y crea un registro gallego de Valoración de Edificaciones. Informes.

Hasta el momento, y desde 2015 (año en que se aprobó la primera ordenanza municipal), el padrón municipal recoge 361 inmuebles evaluados. Estos edificios deberán renovar sus Informes de Evaluación cada 10 años, por lo que las siguientes reformas ya pasarán al registro gallego.

Xaquín Moreda explicó que la modificación en la que se está trabajando, conlleva los siguientes cambios:

  • La certificación energética del edificio pasa a ser obligatoria en los edificios residenciales colectivos
  • Los edificios con resolución firme de ruina están exentos de presentar el Informe de Evaluación (anteriormente solo era necesario haber iniciado un archivo de ruina).
  • Si bien en el Decreto Autonómico el ámbito de aplicación es para las edificaciones colectivas de más de 50 años, en la ordenanza municipal se mantendrá también la obligación para las naves y otro tipo de edificaciones. Como ejemplo de ‘otro tipo de edificios’, Xaquín Moreda citó los edificios del casco histórico de varias plantas pero de un solo propietario
  • Se introducirá una adaptación del calendario según el Decreto Autonómico: a partir de la entrada en vigor, los edificios catalogados tendrán 1 año para presentar el Informe de Evaluación y 3 años para el resto de edificios (en ambos casos edificios de más de 50 años)
  • Desaparecerá el padrón municipal de Informes de Evaluación de Edificaciones y el modelo del anexo y se enviará a las herramientas del Decreto: el registro gallego de Informes de Evaluación de Edificaciones, el nuevo modelo incluido en el Decreto, y la plataforma de redacción de informes y gestión. el registro, que es donde se cargan los informes.

Historia del marco normativo

Xaquín Moreda también realizó un breve recorrido por la normativa municipal, autonómica y estatal que a lo largo de los años viene regulando temas relacionados con la valoración de edificaciones.

año 1999. Ordenanza municipal que regula las medidas de conservación y seguridad en los elementos exteriores comunes de los edificios que había sido aprobada por el Pleno de la Corporación el 27 de noviembre de 1999 y posteriormente modificada por acuerdo plenario el 24 de noviembre de 2001. Había sido una de las ordenanzas pioneras en el país, incluso por delante de disposiciones legislativas posteriores, con muy buenos resultados prácticos para la seguridad de los elementos exteriores de los edificios y, por tanto, en la seguridad de la vía pública, así como para la mejora del paisaje urbano.

año 2011. El Real Decreto Legislativo 8/2011, que también incluía el fomento de la rehabilitación y la simplificación administrativa, regula a nivel estatal los requisitos esenciales para la inspección técnica de los edificios.

Año 2013. La Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbana estableció un reglamento básico del informe de evaluación de edificios con el fin de subsanar las carencias contenidas en el RDL 8/2011.

Año 2015. El Pleno del Ayuntamiento de Pontevedra de 23 de marzo de 2015 aprobó la Ordenanza Municipal por la que se regula el informe de evaluación de las edificaciones, desarrollando los mandatos de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de Urbanismo de Galicia (LOUG) y la Ley 8/2013 de 26 de junio. Esta ordenanza cubre el estado de conservación de todo el edificio, la verificación del cumplimiento de las condiciones básicas de accesibilidad universal y el grado de eficiencia energética de los edificios.

año 2016. El Tribunal Constitucional dicta la sentencia 5/2016 de 21 de enero que declara la inconstitucionalidad y nulidad de dos artículos del Real Decreto Legislativo 8/2011 por entender que existe una invasión de los poderes autonómicos en materia de urbanismo y vivienda.

Año 2017. La Ordenanza Municipal es reformada por el Pleno el 7 de abril de 2017, que es la que se encuentra actualmente vigente y es la que se encuentra en proceso de reforma.

Año 2017. O Tribunal Constitucional dita a sentenza 143/2017 anula a regulación estatal.

Año 2019. Ley 1/2019, de 22 de abril, de rehabilitación y regeneración y renovación urbana en Galicia

Entre 2017 y 2019 hubo un vacío legal hasta el Decreto de la Junta 61/2021

Año 2021. Decreto 61/2021, de 8 de abril, por el que se regula el Informe de Valoración de Edificios y se crea el Registro de Informes de Valoración de Edificios de Galicia





Concello de Pontevedra

Ana Cabaleiro www.pontevedra.gal

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